Creación
de una compañía de barberos sangradores en La Placeta (1788)
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Archivo de Protocolos Notariales de Huelva
18
noviembre 1789, ante P. Nicolás Romero, 374-60.
Sea notorio como nos, Juan
Moreno, Josef Márquez y Lucas de la Villa, en ausencia de Anttonio Márquez,
decimos que por quanto yo tengo tienda abierta de barbería y de sangrar en esta
villa [Huelva] en la Placeta y por rasón de mi mayor utilidad y descanso y por
aumento de dho Márquez y acabarse de perfeccionar en el uso de la Lanseta,
hemos determinado el comprometemos a juntarnos en ntra. tienda, y que las
ganancias y utilidades sean partÍbles con las partes y condiciones que aquí se
expresarán:
-Primeramente que a dha
tienda hemos de acistÍr los dos quando aya precisión siendo el que ha de
permanecer en ella con fixa residencia dho Josef Márquez, a cuyo cargo queda
ésta, siendo partibles las ganancias que dha tienda rinda, como assí mismo lo
que rindan las barbas y sangrías de fuera, aceepción (sic) de dn Antonio Gómez
González, que su producto es sólamente para mí, dho Juan Moreno.
-Iten. Que las barbas que
se hagan tanto en la tienda, como fuera de ella de los que están igualados sea
su producto para dha compañía, lo que no sucederá assí en las sangrías que se
hagan por uno, o por otro de los que no sean igualados, pues éstas, hágalas uno
u otro, ha de ser sólo su rendimiento para el expresado Juan Moreno en
remuneración por el trabajo de enseñarle.
Con cuyas condiciones
establesemos ésta compañía que durará por el tiempo de ocho años en el que no
podremos separarnos… no siendo para buscar otro modo de vivir o para irse a
otro pueblo, pero de ninguna manera para poder poner tienda en esta villa, ni
para exercer dho oficio, pues ha de ser visto que durante dho tiempo, no hemos
de separamos el uno del otro, ni el otro del otro.
© Juan Moreno